Hace unos días estuvimos hablando sobre las novedades de la nueva regulación europea sobre criptomonedas y blockchain que se hará efectiva el próximo 2024. Una regulación cuyo principal objetivo es ofrecer al consumidor una mayor garantía y protección en un mercado estable financieramente, sostenible e íntegro. Pero, ¿qué ocurre con los tokens de seguridad? ¿Están incluidos en la nueva Regulación Europea? En el siguiente artículo hablaremos sobre el régimen piloto para los tokens de seguridad.
La Comisión Europea propuso a través de la MiCA la creación de un régimen piloto para que los tokens de seguridad o security tokens (Considerandos 9 y 17), se eximan, por sus características, de la aplicación de este nuevo régimen regulatorio europeo (a pesar de la consideración de instrumento financiero que les viene dado de la Directiva de instrumentos financieros de la UE). Así, los tokens emitidos por los Bancos Centrales también quedarán excluidos de dicha regulación.
Cabe recordar que, hasta entonces, los tokens de seguridad estaban regulados con reglas similares a las de los valores (muchas veces a través del Howie Test). Y, por ello, representaban una participación en beneficios, dividendos, intereses u otras ganancias financieras esperadas.
Una buena noticia para los emisores de tokens, ya que permitirá a través de este sandbox regulatorio, probar los protocolos necesarios para el trading y la liquidación de sus proyectos de criptomonedas.

Nuevo organismo de supervisión
En relación a los tokens de utilidad o utility tokens, la Comisión plantea el establecimiento de un nuevo organismo de supervisión de los Exchanges y los proveedores de Wallets a través de la MiCA.
Y es que hay que tener en cuenta que dichos criptoactivos se emiten sin necesidad de autorización, esto es, a través de una simple notificación a la Autoridad Nacional y en el white paper.
Finalmente, cabe destacar que la MiCA se aplica a todas aquellas empresas que emitan o asesoren en la emisión de criptoactivos o que presten servicios de criptoactivos en la Unión Europea. A estos efectos, la Propuesta define criptoactivo como una “representación digital de valor o derechos, que puede ser trasferida o almacenada electrónicamente a través de tecnologías de registro distribuido u otras tecnologías similares”.
Nuevos tipos de tokens
Sin embargo, el marco planteado por la MiCA incorpora otros dos tipos de tokens (conocidos hoy en día como stablecoins):
- Token referencias a activos: serían aquellos que sirven de medio de intercambio y que pretenden mantener un valor estable al estar referenciados en varias monedas fiduciarias, de uno o varios productos básicos, o de una o varias criptomonedas, o de una combinación de estos.
En estos casos, es preciso que su white paper sea autorizado por la autoridad competente y que el emisor cumpla ciertos requisitos.
- Token de dinero electrónico o e-money token: serían aquellos criptoactivos que se utilizan como medio de intercambio y que pretenden mantener el valor al estar denominado en unidades de una moneda fiduciaria. En cambio, requieren que el emisor sea una entidad de crédito o de dinero electrónico y una notificación al supervisor de la emisión.